Aseguradoras mantienen reparos a puntos clave de la Modalidad de Cobertura Complementaria de Fonasa
Gremio indicó que la viabilidad de la propuesta de la ley corta de isapres pasa por limitar las coberturas y no incluir, entre otras, las de tipo catastrófico.
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En el inicio de la tramitación de la ley corta de isapres en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, ayer fue el turno de analizar la parte de la iniciativa relativa a Fonasa y el debate se centró en la propuesta que apunta a fortalecer su protección financiera a través de Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC) que operará a través de la licitación de seguros de salud para otorgar planes estandarizados que consideren distintas redes de prestadores.
En la sesión -en la que estuvo presente la ministra de Salud, Ximena Aguilera; el superintendente de Salud, Víctor Torres, y el director de Fonasa, Camilo Cid, intervinieron los presidenta de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Solange Berstein y el presidente de la Asociación de Aseguradores de Chile, Alejandro Alzérreca.
Y pese a que el mecanismo propuesto en la ley corta de isapres para ofrecer una alternativa a la crisis de esa industria ha sido analizado durante meses en la tramitación anterior en el Senado, en la sesión de ayer se evidenció que las aseguradoras mantienen reparos a aspectos clave de la iniciativa.
Entre los puntos centrales, el representante del gremio de los aseguradores puntualizó que en el esquema propuesto subsisten problemas de selección adversa -los cuales impedirían una adecuada composición de riesgos dentro de la cartera de pólizas-, y que las compañías que participarán del futuro MCC podrán ofrecer coberturas circunscritas a procedimientos ambulatorios y hospitalización, pero que las compañías no estarían en condiciones de hacerse cargo de otras prestaciones como los medicamentos, sobre todo, a enfermedades catastróficas.
“No debe considerar un seguro catastrófico, al menos durante los primeros años mientras se toma experiencia, ya que lleva a mayor incertidumbre que se traduce en prima”, indicó el directivo. Asimismo, en su evaluación detalló que la cobertura establecida en el MCC “debe ser un porcentaje definido previamente de un arancel conocido previo a la licitación, solo debe cubrir servicios ambulatorios y hospitalarios, y no debe cubrir medicamentos ambulatorios ni otro tipo de prestaciones no consideradas en la Modalidad de Libre Elección (MLE), y tampoco medicamentos o prestaciones cuyo origen es una sentencia judicial”.
Recordando que el proyecto de ley “se origina ante la situación crítica de financiamiento de la salud privada” luego de los fallos de la Corte Suprema, Alzérreca indicó que incluso en un escenario de cumplimiento de las condiciones técnicas mínimas que la industria aseguradora ve indispensable para la futura operación de la MCC “no se garantiza la viabilidad de la cobertura ya que, en caso de insolvencia del sistema privado, quienes contraten esta alternativa serán quienes no puedan tomar una cobertura en alguna de las nuevas Isapres (sin impacto por los fallos), produciendo un serio problema de selección adversa”.
En este marco, Alzérreca concluyó que “no creemos que la Modalidad de Cobertura Complementaria sea la solución de los problemas que afectan al sistema privado”.
Dudas por fiscalización
Otro aspecto que enfatizó la Asociación de Aseguradores fue su rechazo a que se establezcan facultades de fiscalización a las compañías por parte de la Superintendencia de Salud. Si bien las autoridades del Minsal precisaron que el proyecto de ley señala que ese regulador solo tendrá injerencia en el ámbito de las relaciones entre Fonasa y los proveedores de servicios de salud y que las aseguradoras estarán solo bajo la supervisión de la CMF, el gremio insistió en pedir al Ejecutivo que presente una indicación que explicite esa separación de competencias. “Esto preocupa a la industria debido a que no se entrega certeza respecto al rol de la Superintendencia de Salud y sus facultades respecto a las compañías de seguros, pólizas y asegurados de la MCC”, dijo Alzérreca.
En este punto, Berstein manifestó que “el alcance de la supervisión de la CMF en este nuevo mercado queda claro en el proyecto y nos deja tranquilos de que podemos actuar en este sin una superposición de tareas o que exista una “tierra de nadie”. Eso , es algo que no pasará”.
TC declaró admisible requerimiento contra mecanismo de mutualización en la ley corta
Fórmula aprobada en el Senado permite calcular un monto de la deuda de las aseguradoras a los afiliados muy inferior al estimado por la autoridad.
Tras la arremetida de 17 senadores –en un arco que va de la DC hasta el PC- con un requerimiento de inconstitucionalidad contra la indicación que introduce de un mecanismo de mutualización para el cálculo de la deuda de las isapres en la ley corta aprobada la semana pasada en la Cámara Alta, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) resolvió admitir a tramitación y declarar la admisibilidad de este recurso.
El requerimiento ante el TC busca impugnar la indicación presentada en la etapa final de la tramitación de la Ley Corta en la Cámara Alta por un conjunto de senadores de oposición al artículo 3° del proyecto de ley.
Encabezado por su presidenta Nancy Yáñez, el pleno del tribunal “resolvió admitir a tramitación y declarar la admisibilidad del requerimiento deducido por un grupo de honorables senadores y senadoras dela República respecto de la indicación signada bajo el N° 8 del artículo 3 del proyecto de ley que modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del Ministerio de Salud”.
Tras acoger a trámite este recurso, ahora el TC gestionará el pronunciamiento del Presidente de la República, del Senado y de la Cámara de Diputados con el objetivo de que se pronuncien en un plazo de cinco días, etapa tras la cual “esta magistratura resolverá sobre el fondo del requerimiento escuchando alegatos de las partes en su oportunidad”.
En la aprobación del proyecto de ley corta de isapres en enero en la Sala del Senado, los parlamentarios de oposición lograron la aprobación de un mecanismo que posibilita la mutualización para el cálculo de la deuda de las isapres. La fórmula permite fijar el monto que la industria debe devolver a los afiliados en niveles de US$ 451 millones, cifra muy inferior a los US$ 1.180 millones estimados por la Superintendencia de Salud.